miércoles, 12 de octubre de 2011

Organismos de control (mejorado) - ISABEL BOTERO


Se encuentran en el Título X de la Constitución Política.




1)  Contraloría General de la República:



Se encarga de ejercer la función fiscal y consiste en vigilar la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la nación y toda esta vigilancia consiste en ejercer un control financiero, de gestión y de resultados, teniendo en cuenta le eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.
La contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal, sus funciones no podrán ser distintas a las que les son inherentes y a las de su propia organización.



¿Cómo se elige al Contralor? Será elegido por el Congreso en pleno en el primer meses de sus sesiones, para un período igual al del presidente (4 años); y deberá ser elegido de ternas enviadas por la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia (cada corte envía una terna); además, el Contralor no podrá ser reelegido para el período inmediato ni continuar en sus funciones al vencimiento del mismo.



2) Procuraduría General de la Nación:



Es una entidad que tiene autonomía administrativa, presupuestal y financiera. Tiene como obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas a los servidores públicos. Tiene tres funciones principales a saber, función preventiva, de intervención y disciplinaria



¿Cómo se elige al Procurador? Será elegido por el Senado, para un período de cuatro años de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justica y el Consejo de Estado.



3) Defensoría del Pueblo:



es la institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos en el marco del Estado Social de Derecho, y esta defensa de los Derechos Humanos la hace mediante las siguientes acciones: promoción y divulgación de los derechos humanos, prevención, protección y defensa de los derechos humanos y mediante el fomento al respeto del derecho internacional humanitario.



¿Cómo se elige al Defensor del Pueblo? Será elegido por la Cámara de Representantes para un período de cuatro años de terna elaborada por el Presidente de la República



4) Personerías:



Son entidades de ejercer el control administrativo en el municipio o distrito y cuentan con autonomía presupuestal y administrativa, entonces deben ejercer funciones de ministerio público que les confieran la constitución y la ley, así como las que les delegue la Procuraduría General de la Nación.



¿Cómo se elige el personero? 
Serán elegidos por el concejo municipal o distrital, en los primeros 10 días del mes de enero del año respectivo, para períodos de 3 años, que iniciarán el primero de marzo y terminarán el último día de febrero.

Funciones: la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones públicas

5) Veeduría
:

 La veeduría es un mecanismo de participación ciudadana concebido para que las personas desarrollen la tarea del control a la gestión pública y al uso adecuado de los recursos públicos. 



6) Consejo Nacional Electoral:

Es una institución colombiana bajo la Constitución de Colombia de 1991 que basada en el Artículo 265 está a cargo de la inspección y vigilancia suprema de la organización electoral. El Consejo Nacional Electoral se supone que sabe y decide cuándo y dónde ocurrirá una elección.


7) 
La Registraduria:

 responsable del registro y la identificación de los colombianos y de la administración de los procesos electorales.

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