Se encuentran en el Título X de la Constitución Política.
1) Contraloría General de la República:
Se encarga de
ejercer la función fiscal y consiste en vigilar la gestión fiscal de la
administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de
la nación y toda esta vigilancia consiste en ejercer un control financiero, de
gestión y de resultados, teniendo en cuenta le eficiencia, la economía, la equidad
y la valoración de los costos ambientales.
La contraloría es una entidad de
carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal, sus funciones no
podrán ser distintas a las que les son inherentes y a las de su propia
organización.
¿Cómo se elige al
Contralor? Será elegido por el Congreso en pleno en el primer meses de sus
sesiones, para un período igual al del presidente (4 años); y deberá ser
elegido de ternas enviadas por la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y
la Corte Suprema de Justicia (cada corte envía una terna); además, el Contralor
no podrá ser reelegido para el período inmediato ni continuar en sus funciones
al vencimiento del mismo.
2) Procuraduría General de la Nación:
Es una entidad que
tiene autonomía administrativa, presupuestal y financiera. Tiene como
obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas a los
servidores públicos. Tiene tres funciones principales a saber, función
preventiva, de intervención y disciplinaria
¿Cómo se elige al
Procurador? Será elegido por el Senado, para un período de cuatro años de terna
integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de
Justica y el Consejo de Estado.
3) Defensoría del Pueblo:
es la institución
del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos
humanos en el marco del Estado Social de Derecho, y esta defensa de los
Derechos Humanos la hace mediante las siguientes acciones: promoción y
divulgación de los derechos humanos, prevención, protección y defensa de los
derechos humanos y mediante el fomento al respeto del derecho internacional
humanitario.
¿Cómo se elige al
Defensor del Pueblo? Será elegido por la Cámara de Representantes para un
período de cuatro años de terna elaborada por el Presidente de la República
4) Personerías:
Son entidades de
ejercer el control administrativo en el municipio o distrito y cuentan con
autonomía presupuestal y administrativa, entonces deben ejercer funciones de
ministerio público que les confieran la constitución y la ley, así como las que
les delegue la Procuraduría General de la Nación.
¿Cómo se elige el
personero?
Serán elegidos por el concejo municipal o distrital, en los
primeros 10 días del mes de enero del año respectivo, para períodos de 3 años,
que iniciarán el primero de marzo y terminarán el último día de
febrero.
Funciones: la guarda y promoción de los derechos humanos, la
protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes
desempeñan funciones públicas
5) Veeduría
:
La veeduría es un mecanismo de participación
ciudadana concebido para que las personas desarrollen la tarea del control a la
gestión pública y al uso adecuado de los recursos públicos.
6) Consejo Nacional
Electoral:
Es una institución
colombiana bajo la Constitución de Colombia de 1991 que basada en el Artículo
265 está a cargo de la inspección y vigilancia suprema de la organización
electoral. El Consejo Nacional Electoral se supone que sabe y decide cuándo y
dónde ocurrirá una elección.
7)
La
Registraduria:
responsable del registro y la identificación
de los colombianos y de la administración de los procesos electorales.
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